Esquema del Tema 9 de Guardia Civil: Derecho Procesal Penal

LECrim + LO 6/1984 + LOPJ + RD 769/1987 + Ley 4/2015

Actualizado 11/06/2026

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  2. 2

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  3. 3

    Repaso de última hora. Tenlo a mano los días previos al examen. Para refrescar la memoria, un esquema vale más que releer el temario entero.

  4. 4

    Demuestra que te lo sabes. El examen es tipo test: entrénate con las preguntas de este tema, cada una con la explicación de por qué la correcta lo es. Así aprendes de cada fallo.

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Cinco cuerpos normativos

1LECrim (eje)1882
2LO 6/1984 Habeas Corpus1984
3LOPJ Libro VII — PJ1985
4RD 769/1987 PJ1987
5Ley 4/2015 Estatuto víctima2015

Órganos jurisdiccionales penales

TS
Sala 2.ª Penal: recursos de casación, revisión + aforados (Pres. Gobierno, ministros, dip./sen., Pres. TC, FGE). Art. 57 LOPJ.
AN
Sala Penal: terrorismo, contra la Corona, falsificación supraautonómica, narcotráfico a gran escala, delitos fuera del territorio. Art. 65 LOPJ.
TSJ
Sala Civil y Penal: casación foral; aforados autonómicos. Arts. 70-73 LOPJ.
AP
Causas por delito + recursos contra Secciones de Instrucción/Penal. Sección especializada en Violencia sobre la Mujer/Infancia. Art. 82 LOPJ.
TI
Tribunal de Instancia: Sección Instrucción (delitos leves no atribuidos a paz; instrucción), Sección Penal (penas privativas ≤ 5 años), Violencia sobre la Mujer. Art. 14 LECrim.

Peso en examen GC (2017-2025)

10-14preguntas/conv.
20-25%bloque T8+T9
8/9conv. con 282 bis
1.5peso temario

Cronología clave

14-IX-1882
LECrim — RD Alfonso XII. Norma decana del Derecho español vigente.
24-V-1984
LO 6/1984 — Habeas Corpus. Desarrolla el art. 17.4 CE.
1-VII-1985
LOPJ — Libro I Tít. IV (órganos penales) + Libro VII (PJ, arts. 547-550).
19-VI-1987
RD 769/1987 — desarrolla la PJ en sentido estricto del art. 30.1 LOFCS.
27-IV-2015
Ley 4/2015 — Estatuto de la víctima del delito. Transposición Directiva 2012/29/UE.

Articulado — LECrim · LO 6/1984 · LOPJ · RD 769/1987 · Ley 4/2015

LECrim — Competencia (arts. 13-17)

13
Primeras diligencias: consignar las pruebas del delito que puedan desaparecer, recoger y custodiar, detener a presuntos responsables y proteger a ofendidos. Cautelares del 544 bis u orden de protección del 544 ter.
14
Competencia objetiva: Sección Instrucción TI (delitos leves), Sección Penal TI (penas ≤ 5 años), AP (resto). 14.5: secciones con competencia en materia de violencia sobre la mujer instruyen 173.2 CP y delitos contra pareja/ex-pareja.
17
Cada delito dará lugar a la formación de una única causa. Excepción: delitos conexos (concierto, mismo investigado con excesiva complejidad/dilación).

LECrim — Denuncia (arts. 259-269)

259
Quien presenciare delito público debe denunciar ante Juez, MF o policía más próximo. Multa 25-250 pesetas.
260
No comprende a los impúberes ni a los que no gozaren del pleno uso de su razón.
261
Exentos: cónyuge no separado legalmente o de hecho o pareja en análoga relación de afectividad; ascendientes, descendientes y colaterales ≤2.º grado. Excepción: SÍ obligados si delito contra vida, lesiones 149-150 CP, maltrato 173.2 CP, libertad/indemnidad sexual o trata, y víctima menor o discapacitada. cónyuge separado SÍ denuncia
262
Obligados por razón de sus cargos, profesiones u oficios. Multa reforzada a Médicos, Cirujanos, Farmacéuticos.
263
Exención: Abogados y Procuradores (clientes); eclesiásticos y ministros de cultos (ministerio).
263 bis
Circulación o entrega vigilada: autorizan Juez Instrucción competente, MF y Jefes de las Unidades Orgánicas de Policía Judicial centrales o provinciales (y mandos superiores). Resolución fundada. no es Mº Interior
264
Quien no presencie pero conozca el delito debe denunciar (sin obligación de probar ni querella).
265-269
Forma: escrita o verbal, personal o por mandatario; firma autógrafa/electrónica (vía telemática prohibida en violencia, autor conocido, flagrante, menor). Verbal: acta firmada. Comprobación inmediata.

LECrim — Querella (arts. 270-281)

270
Todos los ciudadanos españoles, hayan sido o no ofendidos por el delito, pueden querellarse (acción popular art. 101). Extranjeros: sólo por delitos contra sus personas/bienes.
272
Ante Juez de Instrucción competente; si querellado tiene fuero, Tribunal correspondiente.
273
In fraganti: ante Juez de instrucción más próximo o cualquier funcionario de policía. no obligado al competente
274-275
Querellante sometido al Juez competente; puede apartarse. Abandono por inactividad: 10 días tras notificación en delitos a instancia de parte.
276
Abandono por muerte/incapacitación: treinta días siguientes a la citación para comparecer herederos. no son 3 meses
277
Forma: Procurador con poder bastante y suscrita por Letrado, papel de oficio. Contenido (1.º-7.º): Juez, datos del querellante/querellado, relación circunstanciada del hecho, diligencias para comprobarlo, petición y firma.
278-279
Delito a instancia de parte (salvo violación/rapto): certificación de conciliación intentada. Calumnia/injuria en juicio: licencia del Juez que conoció.
280
Fianza del querellante particular en cuantía fijada por el Juez/Tribunal.
281
Exentos de fianza: (1.º) ofendido y sus herederos o representantes legales; (2.º) en asesinato/homicidio: cónyuge o análoga, ascendientes/descendientes/colaterales 2.º grado, herederos, padres/madres/hijos del delincuente; (3.º) asociaciones de víctimas y personas jurídicas con ejercicio expresamente autorizado por la propia víctima. NO a extranjeros salvo tratado/reciprocidad.

LECrim — Policía Judicial (arts. 282-297)

282
Objeto: averiguar delitos públicos en su territorio, practicar diligencias, recoger efectos en peligro de desaparición. Información a víctimas (Ley 4/2015).
282 bis
Agente encubierto: autorizan Juez Instrucción o MF (con cuenta al Juez), por resolución fundada, en investigaciones que afecten a delincuencia organizada (catálogo cerrado §4: trata, drogas, armas, blanqueo, terrorismo...). La identidad supuesta la otorga el Ministerio del Interior por 6 meses prorrogables. Exento de resp. penal si actuación proporcionada sin provocación. §6: agente encubierto informático. Interior otorga identidad ≠ autoriza
283
Composición amplia (9 categorías): autoridades de seguridad pública; empleados de policía; alcaldes/tenientes; Guardia Civil; serenos/celadores; guardas de campos; Prisiones; agentes judiciales; personal dependiente de la Jefatura Central de Tráfico (investigación técnica accidentes).
284
Atestado sin autor conocido se conserva, salvo: (a) delitos contra vida, integridad física, libertad e indemnidad sexuales o corrupción; (b) diligencia tras 72 h con resultado; (c) solicitud MF/juez. Aviso al denunciante.
295
PJ comunica al MF o autoridad judicial en plazo máximo de veinticuatro horas (salvo fuerza mayor o art. 284.2).
297
Los atestados se considerarán denuncias a efectos legales. Demás declaraciones = testifical.

LECrim — Detención (arts. 489-501, 520-520 ter)

489
Legalidad: nadie podrá ser detenido sino en los casos y formas previstos por las leyes.
490
Cualquier persona puede detener: (1.º) al que intentare cometer un delito en el momento de ir a cometerlo; (2.º) al delincuente in fraganti; (3.º-6.º) al fugado del establecimiento penal/cárcel/conducción/detención; (7.º) al procesado o condenado en rebeldía.
492
Autoridad o agente PJ: además del 490, (2.º) procesado con pena superior a prisión correccional; (3.º) procesado con pena inferior si riesgo de incomparecencia; (4.º) no procesado con motivos racionalmente bastantes. el particular NO tiene 492.4.º
495
No se podrá detener por delitos leves, salvo sin domicilio conocido ni fianza bastante.
496
Entrega al Juez más próximo en veinticuatro horas siguientes al acto de la misma. Dilación: responsabilidad penal.
497
Juez competente eleva a prisión o libera en setenta y dos horas desde la entrega.
520.1
Detención: tiempo estrictamente necesario y, en todo caso, plazo máximo de setenta y dos horas. Atestado: lugar y hora de detención y puesta a disposición.
520.2
Derechos del detenido (catálogo a-j por escrito, lenguaje sencillo): (a) silencio; (b) no declarar contra sí; (c) abogado; (d) elementos esenciales; (e) familiar; (f) tercero por teléfono; (g) cónsul; (h) intérprete; (i) médico forense; (j) asistencia jurídica gratuita.
520.5
Abogado: comparece en máximo 3 horas desde recepción del encargo.
520 bis
Terrorismo (art. 384 bis): 72 h + prórroga hasta 48 h más; solicitud dentro de las primeras 48 h, autorización judicial en 24 h siguientes. Incomunicación: el Juez resuelve por auto en 24 h.

LECrim — Prisión provisional + incomunicación

502
Acuerda juez/magistrado instructor, juez primeras diligencias, juez penal o tribunal. Sólo si objetivamente necesaria. No procede sin delito o con causa de justificación.
503
Requisitos: pena máx. ≥ 2 años (o inferior con antecedentes no cancelables); motivos bastantes; finalidad (a) evitar fuga, (b) destrucción pruebas, (c) protección víctima. §2: evitar nuevos delitos dolosos.
504
Fines (a)/(c): 1 año (pena ≤3 a.) o 2 años (pena >3 a.); prórroga 6 m / 2 a.. Fin (b) destrucción: 6 meses sin prórroga. Condena recurrida: mitad de la pena impuesta.
509
Incomunicación: ≤ 5 días, prórroga +5 días en terrorismo o crimen organizado. Prohibida en menores de dieciséis años.
527
Incomunicado puede ser privado de: abogado de confianza, comunicaciones, entrevista reservada, acceso a actuaciones (salvo elementos esenciales). 2 reconocimientos médicos / 24 h.

LECrim — Entrada y registro (arts. 545-578)

545-546
Inviolabilidad del domicilio. Juez competente decreta entrada/registro de día o noche en lugares públicos.
547
Lugares públicos: (1.º) servicio oficial militar o civil del Estado/Provincia/Municipio; (2.º) reunión o recreo; (3.º) otros lugares cerrados que no constituyan domicilio; (4.º) buques del Estado.
550
Domicilio: con consentimiento; sin él, auto motivado notificado al interesado inmediatamente o, lo más tarde, en 24 horas desde dictado.
553
Detención por agentes: mandamiento de prisión, flagrancia, persecución que termine en una casa, supuestos del 384 bis. Comunicación inmediata al Juez.
554
Domicilio: (1.º) Palacios Reales; (2.º) habitación de español/extranjero y familia; (3.º) buques nacionales mercantes; (4.º) persona jurídica imputada (centro de dirección). mercantes = domicilio, no público
569
Registro a presencia del interesado, o familiar mayor de edad, o dos testigos vecinos del lugar. Extensión por Letrado de la Administración de Justicia.

LO 6/1984 — Habeas Corpus (arts. 1-9)

1
Personas ilegalmente detenidas: (a) sin supuestos legales o sin formalidades; (b) ilícitamente internadas; (c) plazo superior al legal; (d) sin respeto a derechos.
2
Juez de Instrucción del lugar en que se encuentre la persona privada de libertad; en defecto, del lugar de detención; en defecto, del lugar con últimas noticias. Si art. 55.2 CE (terrorismo): Juez Central de Instrucción. Militar: Juez Togado Militar.
3
Legitimación: (a) privado de libertad, cónyuge o análoga, descendientes, ascendientes, hermanos, representantes legales y persona de apoyo; (b) MF; (c) Defensor del Pueblo; (d) abogado defensor. + de oficio por el Juez.
4
Inicio por escrito o comparecencia, no siendo preceptiva la intervención de Abogado ni de Procurador. Conste identidad, lugar, autoridad/custodio y motivo.
5
Autoridad/agente/funcionario bajo cuya custodia esté el detenido debe poner inmediatamente la solicitud en conocimiento del Juez. Incumplimiento: apercibimiento + resp. penal/disciplinaria.
6
Juez examina requisitos, traslada al MF y por auto acuerda incoación o deniega improcedente. Notificación al MF. No cabrá recurso alguno.
7
Juez ordena puesta de manifiesto del detenido o se constituye in situ. Oye al privado de libertad, MF y autoridad/agente. Practica pruebas. Resolución en veinticuatro horas, contadas desde que sea dictado el auto de incoación.
8
Resolución por auto motivado: (1) archivo si conforme a Derecho; (2) si concurre art. 1: (a) puesta en libertad, (b) custodia distinta, (c) puesta a disposición judicial si excedió plazo legal.
9
Testimonio por delitos de custodios, denuncia falsa o simulación. Condena en costas si temeridad o mala fe.

LOPJ — Policía Judicial (arts. 547-550)

547
PJ: auxilio a los juzgados y tribunales y al Ministerio Fiscal en la averiguación de los delitos y en el descubrimiento y aseguramiento de los delincuentes. Compete a todos los miembros FFCCSS (Estado, CCAA, locales).
548
Se establecerán Unidades de PJ con dependencia funcional de autoridades judiciales y MF.
549
Funciones específicas a-e: (a) averiguar responsables y circunstancias + detener; (b) auxilio fuera de sede; (c) coercitivas ordenadas; (d) cumplimiento de órdenes; (e) cualesquiera otras de la misma naturaleza.
550
Dirección por jueces/tribunales/MF. Inamovilidad: no podrán ser removidos o apartados hasta que finalice la actuación o la fase del procedimiento judicial, salvo decisión o autorización del juez/fiscal competente.

RD 769/1987 — PJ (arts. 1-22)

1-5
Cap. I — Función general en todos FFCCSS (art. 1); por requerimiento o iniciativa propia (art. 2); en defecto de Unidades, encomienda transitoria (art. 3); primeras diligencias (art. 4); cese al comparecer Unidad Orgánica (art. 5).
7
PJ en sentido estricto: Unidades Orgánicas del 30.1 LOFCS, miembros del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil. no es la lista del 283 LECrim
9
Estructura: base provincial; secciones locales por índice de criminalidad; Unidades de ámbito superior por especialización delictual o técnicas de investigación.
10
En cometidos del 549 LOPJ, las Unidades y funcionarios dependen funcionalmente de jueces, tribunales o MF que conozcan del asunto.
13-15
Atenidos a órdenes recibidas; instrucciones técnicas no pueden contradecirlas; carácter de comisionados; reserva rigurosa (sanción disciplinaria).
16
Inamovilidad: no podrán ser removidos o apartados hasta finalizar investigación, salvo decisión/autorización del juez o fiscal competente. no decide el superior policial
18
Función de investigación criminal con carácter permanente y especial. Cuentan con efectivos, medios y equipos de especialización delictual.
19-22
Limitación funcional (sólo 549 LOPJ); pre-apertura bajo dependencia MF; relación con Jefe de Unidad; adscripciones supraprovinciales por Pres. TS o FGE.

Ley 4/2015 — Estatuto víctima (arts. 1-35)

1-2
Ámbito: víctimas en España, sin distinción de nacionalidad/edad/residencia. Víctima directa (daño propio) y víctima indirecta (muerte/desaparición — cónyuge, hijos, ascendientes, hermanos).
3-5
Derecho a protección, información, apoyo, asistencia, reparación; trato no discriminatorio desde el primer contacto. Mediación prohibida en violencia de género y sexual.
6
Denunciante: copia certificada de la denuncia + asistencia lingüística gratuita y a la traducción escrita si no entiende lengua oficial.
7-8
Información sobre la causa: fecha, lugar, acusación, resoluciones clave (libertad/fuga del infractor, ejecución con riesgo). Período de reflexión: 45 días sin que abogados/procuradores se dirijan a víctimas de catástrofe.
10
Acceso gratuito y confidencial a Oficinas de Asistencia a las Víctimas (OAV); extensible a familiares; menores hijos de víctimas de violencia.
19-25
Protección frente a victimización secundaria; dependencias separadas víctima/acusado; protección de la intimidad de menores y personas con discapacidad; medidas durante investigación (declaración en dependencias adaptadas, profesional especializado, mismo declarante).

Habeas Corpus — Cuatro principios inspiradores (Exposición de motivos LO 6/1984)

1AGILIDAD
Procedimiento sumario · 24 h desde auto de incoación (art. 7)
2SENCILLEZ
Comparecencia verbal · sin Abogado ni Procurador (art. 4)
3GENERALIDAD
Control judicial sin excepción · ni la Autoridad Militar · legitimación plural (art. 3)
4UNIVERSALIDAD
Detenciones ilegales de origen o mantenidas/prolongadas ilegalmente (art. 1)

Cifras clave — plazos

24h
entrega al juez (496) + PJ→autoridad (295)
72h
detención máx. (520.1) + juez competente (497)
+48h
prórroga terrorismo (520 bis)
3h
abogado: llegada (520.5)
5d
incomunicación máx. (509)
+5d
prórroga terrorismo (509.2)
16
edad mín. incomunic. prohib. (509.4)
2/24h
reconocimientos médicos (527.3)
≥2a
pena prisión provis. (503.1.1.º)
1a
prisión prov. pena ≤3a (504)
2a
prisión prov. pena >3a (504)
6m
fin (b) destrucción pruebas (504.3)
6m
agente encubierto identidad (282 bis)
30d
abandono querella muerte (276)
10d
abandono querella inactiv. (275)
45d
reflexión catástrofes (8 Ley 4/2015)

Hotspots examen GC (2017-2025)

Art. 282 bis LECrim
Agente encubierto — autorización + identidad
8 conv.
Art. 14 LECrim
Competencia objetiva
5 conv.
Art. 490 LECrim
Detención facultativa (cualquier persona)
4 conv.
Art. 281 LECrim
Exenciones de fianza en querella
4 conv.
Art. 4 LO 6/1984
Habeas Corpus — forma (no preceptiva)
4 conv.
Exp. motivos LO 6/1984
4 principios (agilidad/sencillez/...)
4 conv.
Art. 261 LECrim
Exenciones por vínculo familiar
3 conv.
Art. 263 bis LECrim
Circulación / entrega vigilada
3 conv.
Art. 7 LO 6/1984
Procedimiento HC — 24h auto incoación
3 conv.
Art. 18 RD 769/1987
Investigación criminal permanente y especial
3 conv.
Art. 547 LECrim
Lugar público vs domicilio (buques)
3 conv.
Art. 569 LECrim
Práctica del registro (dos testigos)
3 conv.
Art. 65 LOPJ
AN Sala Penal — competencia
3 conv.

Denuncia vs Querella

ElementoDenunciaQuerella
RegulaciónArts. 259-269Arts. 270-281
QuiénTestigo (259), obligados por cargo (262), conocedor (264)Cualquier ciudadano español (acción popular)
FormaEscrita o verbal; personal o por mandatarioProcurador + Letrado · papel de oficio
FianzaNOSÍ (280) · exenciones del 281
PruebasNo obligado (264)Relación circunstanciada + diligencias (277)
Es parteNoSí (acusación particular/popular)
AbandonoNo aplicaMuerte: 30 días (276) · Inactividad: 10 días (275)

Detención vs Prisión provisional

ElementoDetenciónPrisión provisional
RegulaciónArts. 489-501 + 520-520 terArts. 502-519
AcuerdaCualquiera (490); PJ (492); juez (494)Sólo juez o tribunal (502)
Plazo máx.72 h abs. · entrega 24 h (496) · resol. 72 h (497)1 a. (≤3 a.) / 2 a. (>3 a.) · prórroga 6 m / 2 a.
SupuestosTasados (490 y 492)Acumulativos (503): pena ≥2 a. + motivos + finalidad
ProhibiciónDelitos leves salvo sin domicilio ni fianza (495)Sin delito o con causa de justificación (502.4)
Incomunic.Posible con autorización judicialMáx. 5 d · +5 d en terrorismo · <16 a. PROHIBIDA

Policía Judicial — sentido amplio (art. 283 LECrim) vs sentido estricto (art. 7 RD 769/1987)

CriterioSentido AMPLIO (art. 283 LECrim)Sentido ESTRICTO (art. 7 RD 769/1987)
Composición9 categorías: autoridades seguridad pública, empleados policía, alcaldes/tenientes, GC, serenos, guardas, Prisiones, agentes judiciales, Jefatura Central TráficoUnidades Orgánicas del art. 30.1 LOFCS: CNP + Guardia Civil
DependenciaGenérica (auxilio al ser requeridos)Directa y permanente de jueces, tribunales y MF (arts. 549-550 LOPJ + art. 10 RD 769)
PermanenciaOcasional, según función habitualPermanente, especializada, inamovible (art. 550 LOPJ + art. 16 RD 769)
ÁmbitoDonde ejerzan funciones habitualesProvincial · secciones locales · Unidades supraprovinciales por especialización (art. 9 RD 769)

Duración de la prisión provisional según finalidad (art. 504 LECrim)

Finalidad (art. 503.1.3.º)Pena ≤ 3 añosPena > 3 añosPrórroga única (auto motivado)
(a) Fuga · (c) Protección víctima · §2 evitar nuevos delitos dolosos1 año2 años+6 meses (≤3 a.) · +2 años (>3 a.)
(b) Evitar destrucción/ocultación de pruebas6 meses máximo6 meses máximoNO procede
Condena recurridaHasta mitad de la pena efectivamente impuesta

Trampas frecuentes de examen

24h vs 72h
72 h para entregar al juez24 h (496); 72 h es el plazo del juez competente (497) o máximo absoluto (520.1). El examen intercambia los dos plazos.
Art. 261
«cónyuge» a secas exentocónyuge no separado legalmente o de hecho (261.1.º). El separado SÍ está obligado a denunciar (conv. 2017-1A).
Art. 490/492
El particular puede detener por sospecha fundada (492.4.º)Sólo autoridad o PJ tiene 492.4.º. El particular se limita a los 7 supuestos del 490.
Art. 495
Se podrá detener por delitos leves siempreNo se podrá detener salvo sin domicilio conocido ni fianza bastante. El examen invierte la excepción.
Art. 7 LO 6/1984
24 h desde la detención24 h contadas desde que sea dictado el auto de incoación. No es desde la detención ni desde la solicitud.
Art. 3 LO 6/1984
Sólo familiares pueden instarLegitimación amplia: detenido, familia, MF, Defensor del Pueblo, abogado defensor + de oficio. Opción más completa = correcta.
Art. 520.2
Lista a + b + c + dCatálogo a-j completo (10 derechos). Llega hasta asistencia jurídica gratuita (j).
Art. 503.1.1.º
Pena máx. ≥ 3 años ó 5 añosPena máx. igual o superior a 2 años. Inferior si antecedentes no cancelables.
Art. 504
Fin (b) tiene prórrogaFin (b) destrucción de pruebas: 6 meses sin prórroga. El examen intercambia tramos o pone 4 años.
Art. 520 bis
«72+24» o «48+24» sin contexto72 h ordinarias + hasta 48 h más; solicitud en primeras 48 h, autorización en 24 h siguientes. El examen funde los plazos.
Arts. 283/7
El 283 LECrim = sólo CNP + GC283 LECrim = 9 categorías amplias; CNP + GC es el 7 RD 769/1987 (sentido estricto). Amplio ≠ estricto.
Art. 263 bis
Autoriza el Ministerio del InteriorAutoriza Juez Instrucción, MF y Jefes de UOPJ centrales/provinciales. No olvidar a los Jefes de UOPJ.
Art. 284
«contra la libertad» a secaslibertad e indemnidad sexuales. El examen recorta el sintagma o añade supuestos.
Querella vs den.
La denuncia exige fianzaLa querella exige fianza (280), no la denuncia. Recordar exenciones del 281.
Art. 277
Basta comparecencia ante el juezProcurador con poder bastante + suscrita por Letrado. La denuncia no exige procurador.
Art. 273
Siempre ante el Juez competenteIn fraganti: Juez más próximo o cualquier policía. Conv. 2017-1A.
Art. 276
«Tres meses»Treinta días desde la citación. Conv. 2017-1A.
550 LOPJ / 16 RD 769
Decisión del superior policialDecisión o autorización del juez o fiscal competente. La inamovilidad sólo cede ante el juez/fiscal.
Art. 282 bis
Mº del Interior autoriza al agente encubiertoInterior otorga la identidad supuesta; autoriza el Juez de Instrucción o MF. Otorgar identidad ≠ autorizar la actuación.
Art. 547
Buques mercantes = lugar públicoBuques del Estado = lugar público (547.4.º); mercantes = domicilio (554.3.º). El examen invierte la clasificación.

Reglas mnemotécnicas

24-72-48
Entrega al juez (24h) → Juez resuelve (72h) → Prórroga terrorismo (+48h)
A-S-G-U
Habeas Corpus: Agilidad · Sencillez · Generalidad · Universalidad
SAN MIDA
Derechos detenido: Silencio · Abogado · No autoincriminación · Médico · Intérprete · Defensor · Asistencia jurídica gratuita
MF-DP-AB
Habeas Corpus art. 3: además de familia, lo insta MF, Defensor del Pueblo y Abogado defensor (+ oficio)
2/1-3/2
Prisión provisional: pena ≤3a → 1 año · pena >3a → 2 años. Prórroga 6m / 2a.
CNP+GC
PJ sentido estricto = art. 7 RD 769 + art. 30.1 LOFCS. Sentido amplio = art. 283 LECrim (9 categorías)
JOI-MF-JEFE
Art. 263 bis: Juez de Instrucción · MF · Jefes UOPJ autorizan la circulación vigilada
5+5/2c/24h
Incomunicación: 5 días + 5 prórroga · 2 reconocimientos médicos cada 24 h · <16 PROHIBIDA
PL+P
Querella: Procurador con poder bastante + Letrado · Papel de oficio (art. 277)
30/10/45
Plazos querella + víctima: 30 d muerte · 10 d inactividad · 45 d reflexión catástrofe

Datos adicionales

PJLa PJ en sentido amplio (art. 283 LECrim) incluye 9 categorías; la en sentido estricto (art. 7 RD 769) sólo CNP + GC del art. 30.1 LOFCS.
+1Las Unidades Orgánicas de PJ se estructuran provincialmente + secciones locales por criminalidad + Unidades supraprovinciales por especialización.
HCHabeas Corpus: legitimación de oficio por el Juez competente; resolución contra el auto de incoación: no cabrá recurso alguno (art. 6).
VGMediación y conciliación PROHIBIDAS en violencia de género y sexual (art. 3 Ley 4/2015); justicia restaurativa SÍ con requisitos del art. 15 + DA 9.ª LECrim.
EVEl régimen de detención de menores se rige por la LO 5/2000 (Tema 20): máx. 24 h + asistencia letrada + MF como instructor. No por la LECrim.
VCEl art. 520 ter regula la detención en espacios marinos (delitos del 23.4.d LOPJ): derechos en la medida compatible con medios a bordo + puesta a disposición ≤72 h, vía telemática admitida.
CPEl umbral de pena ≥2 años del art. 503 LECrim remite al art. 33 CP (clasificación de penas) y al art. 13 CP (delitos graves/menos graves/leves).

Conexiones entre temas

T4 · CE Art. 17 CE (libertad personal) ⇄ 520.1 LECrim (72 h); 17.4 CE ⇄ LO 6/1984; 55.2 CE suspensión ⇄ 520 bis + 509 LECrim (terrorismo). Cita correcta: 17.2 CE constitucional, 520.1 LECrim procesal.
T8 · CP Art. 503 LECrim remite a art. 33 CP (clasificación de penas) y art. 13 CP (delito leve). El 495 LECrim prohíbe detener por delitos leves del art. 13 CP. Incomunicación 509 ⇄ 384 bis + 570 bis CP.
T15 · FCSE Art. 283 LECrim ⇄ arts. 29-30 LOFCS (funciones PJ del CNP/GC). Art. 126 CE + 547-550 LOPJ + RD 769/1987 = marco completo.
T21 · Viol. G. Orden de protección de la víctima: art. 544 ter LECrim. Mediación prohibida (art. 3 Ley 4/2015). Secciones con competencia en materia de violencia sobre la mujer: art. 14.5 LECrim.
T20 · Menores Art. 509.4 LECrim prohíbe incomunicación de menores de 16 a. Detención 14-17 a.: LO 5/2000 (24 h + abogado + MF instructor); 520.4 LECrim remite a Secciones de Menores de la Fiscalía.
T13 · LO 4/2015 Identificación (art. 16 LO 4/2015): traslado a dependencias ≤6 h (no es detención del 17 CE / 520 LECrim, hasta 72 h). El examen frecuentemente confunde ambas.

Preguntas frecuentes

¿Qué incluye el esquema del tema 9 de Guardia Civil?

El esquema del tema 9 (Derecho Procesal Penal, LECrim + LO 6/1984 + LOPJ + RD 769/1987 + Ley 4/2015) contiene 59 artículos resumidos con las palabras clave que pregunta el examen, 20 trampas frecuentes con la respuesta correcta, 10 reglas mnemotécnicas, 16 plazos y cifras clave, 4 tablas comparativas. Está en esta misma página y también en PDF de una cara, listo para imprimir.

¿El esquema del tema 9 está actualizado?

Sí. El texto se verificó contra el BOE el 11/06/2026. Un comprobador automático revisa a diario si alguna ley del temario ha cambiado, y cuando cambia regeneramos el tema entero.

¿Puedo descargar el esquema del tema 9 en PDF?

Sí, sin registrarte. El PDF está maquetado en A4 para que lo imprimas y lo estudies en papel.

¿Dónde veo el texto de los artículos de LECrim + LO 6/1984 + LOPJ + RD 769/1987 + Ley 4/2015?

El esquema condensa cada artículo en una línea. El texto literal del BOE, artículo por artículo, está en la página del tema 9 del temario de Guardia Civil, junto con las preguntas tipo test de ese tema.